Artículo 15: Cambio de destino de uso para unidades

El propietario podrá hacer un cambio de destino de uso para unidades en un condominio si así lo desea; es decir, cambiar el uso residencial de una unidad a uso comercial o como depósito. Pero para ello deberá seguir la tramitación regular ante la Dirección de Obras Municipales; quienes, a su vez, seguirán lo dispuesto en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

cambio de destino de unidades

El cambio de destino de uso para unidades debe ser realizado y aprobado por un arquitecto profesional y acreditado. El proyecto de modificación tiene que ser coherente con lo permitido en el predio y en concordancia con el Instrumento de Planificación Territorial que le corresponda.

Asimismo, se deberán modificar los planos y la normativa del edificio, aun cuando la modificación se ajuste al reglamento interno.

Paso a paso

  • Verificar si la modificación está permitida en el predio
  • Revisar si las redes húmedas y secas permiten la modificación; de ser negativa la respuesta se procederá a las modificaciones de seguridad y constructivas.
  • Realizar la documentación necesaria que servirá como respaldo para la solicitud.
  • Dirigirse al Servicio de Impuestos Internos (SII), esto con el fin de los cambios de avalúo en la propiedad.
cambio de uso condominios

Documentación requerida para el cambio de destino de uso para unidades

  • Solicitud de modificación
  • Certificado de Informaciones Previas
  • Destino requerido
  • Documentos que respalden la modificación a realizar
  • Declaración simple de dominio
  • Copia del Reglamento interno
  • Copia del acta constitutiva de los representantes de la Asamblea
  • Fotocopia del acta donde se apruebe en asamblea el cambio de destino o uso.
  • Cualquier otro documento que considere a bien solicitar la municipalidad, de acuerdo a sus ordenanzas.

Excepciones

La Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su artículo 145, inciso tres, establece que solo cuando la modificación implique pequeños comercios; industrias artesanales o el ejercicio de una actividad profesional no requerirá solicitar cambio de destino.

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