El propietario podrá hacer un cambio de destino de uso para unidades en un condominio si así lo desea; es decir, cambiar el uso residencial de una unidad a uso comercial o como depósito. Pero para ello deberá seguir la tramitación regular ante la Dirección de Obras Municipales; quienes, a su vez, seguirán lo dispuesto en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
El cambio de destino de uso para unidades debe ser realizado y aprobado por un arquitecto profesional y acreditado. El proyecto de modificación tiene que ser coherente con lo permitido en el predio y en concordancia con el Instrumento de Planificación Territorial que le corresponda.
Asimismo, se deberán modificar los planos y la normativa del edificio, aun cuando la modificación se ajuste al reglamento interno.
Paso a paso
- Verificar si la modificación está permitida en el predio
- Revisar si las redes húmedas y secas permiten la modificación; de ser negativa la respuesta se procederá a las modificaciones de seguridad y constructivas.
- Realizar la documentación necesaria que servirá como respaldo para la solicitud.
- Dirigirse al Servicio de Impuestos Internos (SII), esto con el fin de los cambios de avalúo en la propiedad.
Documentación requerida para el cambio de destino de uso para unidades
- Solicitud de modificación
- Certificado de Informaciones Previas
- Destino requerido
- Documentos que respalden la modificación a realizar
- Declaración simple de dominio
- Copia del Reglamento interno
- Copia del acta constitutiva de los representantes de la Asamblea
- Fotocopia del acta donde se apruebe en asamblea el cambio de destino o uso.
- Cualquier otro documento que considere a bien solicitar la municipalidad, de acuerdo a sus ordenanzas.
Excepciones
La Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su artículo 145, inciso tres, establece que solo cuando la modificación implique pequeños comercios; industrias artesanales o el ejercicio de una actividad profesional no requerirá solicitar cambio de destino.