Entre las derogaciones de la Ley de copropiedad, encontramos el tercer párrafo del Capítulo I del Título III; contentivo del decreto con fuerza de ley, de 1975, número 458. El cual menciona, como parte de su texto: “De los edificios y viviendas acogidos a la Ley de Propiedad Horizontal”.
Este texto pertenece originalmente a la Ley General de Urbanismo y Construcciones. De igual forma ocurre con los artículos 110 y 115; ambos inclusive, en conjunto con el artículo 166 de este último marco legal.