Artículos 29: Primer Reglamento de Copropiedad
Una vez que se cumplan los estatutos que señala el artículo 10 para la conformación del Primer Reglamento de Copropiedad pasamos al artículo 29. En
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El reglamento interno debe establecerse con la urgencia requerida por ser una normativa que regula todo aquello que la Ley sobre copropiedad no menciona. Sin
El artículo 27 de la Ley 19537 establece que la copia del acta donde se asienten las decisiones de la asamblea sobre los gastos comunes
Para los condominios que estén ubicados en la misma comuna existe la opción de una administración de condominios conjunta. De acuerdo, con el artículo 26
Tanto el reglamento de copropiedad como la asamblea tienen la potestad de establecer subadministraciones en un mismo condominio. Estas subadministraciones en el condominio deberán tener
Si aún no se ha realizado el nombramiento del Comité de Administración, cualquier copropietario podrá tomar el mando. Será esta persona quien ejecute los actos