Artículo 42: sobre el administrador asignado de viviendas sociales
En los condominios de viviendas sociales que carezcan de administrador; los Gobiernos Regionales, las Municipalidades y los Servicios de Vivienda y Urbanización podrán enviar un administrador asignado de viviendas sociales. Esta persona actuará provisionalmente como administrador con las mismas obligaciones y funciones, mientras se designa a alguien. Requisitos del administrador designado Mayor de edad Con […]
Artículo 41: recursos para condominios de viviendas sociales
Los recursos para condominios de viviendas sociales emplazados en sus territorios pueden venir de los Gobiernos Regionales; las Municipalidades y hasta de los Servicios de Vivienda y Urbanización. ¿Qué se puede pagar con los recursos? Sin embargo, los recursos para condominios de viviendas sociales solo pueden ser destinados a los siguientes objetos: Mejorar la calidad […]
Artículo 40: ¿Qué son las viviendas sociales o viviendas económicas?
A efectos de la Ley 19.537, las viviendas sociales o viviendas económicas de carácter definitivo son aquellas unidades que vienen a resolver los problemas de marginalidad habitacional. Estas unidades no podrán tener un valor de tasación que supere el 30% de lo señalado en la Ley 2552 del año 1979. Para que una unidad o […]
Artículo 39: Sobre los condominios de viviendas sociales
Los condominios de viviendas sociales tienen su apartado especial en la Ley 19,537 y es el título IV. Se entiende que las viviendas sociales se regirán por las disposiciones especiales contenidas en este título; así como todo lo que no esté previsto en este apartado se regirá por la normativa general contemplada en la ley […]
Artículo 37: Demolición de un condominio
El ente encargado para decretar la demolición de un condominio es la municipalidad. Si la municipalidad lo ordenase, la asamblea deberá convocar una asamblea extraordinaria, donde se acordará cómo se realizará el procedimiento. Todo el procedimiento se realizará siguiendo la legislación vigente y las leyes referentes a urbanismo y condominios.
Artículo 35: responsabilidad de la municipalidad en conflictos
La responsabilidad de la municipalidad en conflictos entre copropietarios podrá ser solo extrajudicialmente. Aplica también para conflictos entre copropietarios y administrador. Ante estos casos la municipalidad solo estará facultada para convocar reuniones entre las partes en conflicto. En esta reunión las partes en conflicto expondrán sus problemas y se propondrán soluciones, siempre y cuando se […]
Artículo 31: Copropietarios afectados por cambios en el reglamento de copropiedad
Al producirse una modificación en el reglamento interno, pueden existir copropietarios afectados por cambios en el reglamento de copropiedad. Podrían ser copropietarios de vieja data que tomen así un cambio en el reglamento o uno nuevo que se sienta afectado luego de revisar el reglamento. Para ello, el artículo 31 indica qué deben hacer los […]
Artículo 30: Modificación del Reglamento de Copropiedad
La modificación del reglamento de copropiedad que se realiza luego de haber establecido el primero, se realizará una vez que se haya enajenado el 75% de las unidades del condominio. Es decir, la modificación siguiente al primer reglamento de copropiedad se realizará cuando ya se haya arrendado o vendido tres cuartos de la totalidad de […]
Artículos 29: Primer Reglamento de Copropiedad
Una vez que se cumplan los estatutos que señala el artículo 10 para la conformación del Primer Reglamento de Copropiedad pasamos al artículo 29. En esta entrada se señala qué podrá contener este primer reglamento. Comencemos por señalar que el primer reglamento de copropiedad lo dicta el propietario del condominio, independientemente, que este sea persona […]
Artículo 28: ¿Qué debe regular el reglamento interno?
El reglamento interno debe establecerse con la urgencia requerida por ser una normativa que regula todo aquello que la Ley sobre copropiedad no menciona. Sin embargo, la Ley 19537 sí indica algunas obligaciones que nos lleva a preguntarnos qué debe regular el reglamento interno. Los copropietarios deben ponerse de acuerdo sobre estos objetos: Derechos y […]