Artículo 39: Sobre los condominios de viviendas sociales

Los condominios de viviendas sociales tienen su apartado especial en la Ley 19,537 y es el título IV. Se entiende que las viviendas sociales se regirán por las disposiciones especiales contenidas en este título; así como todo lo que no esté previsto en este apartado se regirá por la normativa general contemplada en la ley […]
Artículo 38: Declaración de acogimiento de un condominio al régimen de copropiedad inmobiliaria

Puede ocurrir que el Director de Obras Municipales tome la resolución de declarar acogimiento de un condominio al régimen de copropiedad inmobiliaria y esta decisión será irrevocable; será una medida unilateral que tomará esa autoridad. Ante esta medida, la asamblea podrá solicitar la modificación o dejar sin efecto la medida ante el Director de Obras […]
Artículo 37: Demolición de un condominio

El ente encargado para decretar la demolición de un condominio es la municipalidad. Si la municipalidad lo ordenase, la asamblea deberá convocar una asamblea extraordinaria, donde se acordará cómo se realizará el procedimiento. Todo el procedimiento se realizará siguiendo la legislación vigente y las leyes referentes a urbanismo y condominios.
Artículo 36: sobre el seguro y planes de emergencia en condominios

El seguro y planes de emergencia en condominios están contemplados en la Ley sobre Copropiedad; y, salvo que el reglamento de copropietarios establezca lo contrario, todas las unidades deben estar aseguradas. Los seguros que se contratan son aquellos que responden a los incendios y los que abarcan a los bienes comunes en la proporción que […]
Artículo 35: responsabilidad de la municipalidad en conflictos

La responsabilidad de la municipalidad en conflictos entre copropietarios podrá ser solo extrajudicialmente. Aplica también para conflictos entre copropietarios y administrador. Ante estos casos la municipalidad solo estará facultada para convocar reuniones entre las partes en conflicto. En esta reunión las partes en conflicto expondrán sus problemas y se propondrán soluciones, siempre y cuando se […]
Artículo 34: Sobre la declaración de nulidad de la asamblea por infracción

El artículo 34 aclara un poco el tema expuesto en el inciso a del artículo 33, sobre la declaración de nulidad de la asamblea por infracción. Sin ánimo de causar perjuicio, las discusiones ocurridas entre copropietarios podrán ser resueltas por un juez árbitro arbitrador, señalado en el artículo 223 del Código Orgánico de Tribunales. Si […]
Artículo 33: Conflictos entre copropietarios

De presentarse discusiones o conflictos entre copropietarios estas deben ser reguladas por los juzgados de la policía local; quienes llevarán el procedimiento de acuerdo a la Ley 18.287. De acuerdo al artículo 33 de la Ley sobre copropiedad, los conflictos entre copropietarios o entre estos y el administrador deberán ser llevados por los tribunales mencionados. […]
Artículo 32: Derechos y usos de las unidades en el condominio

Los copropietarios, arrendatarios y cualquier otro que ostente el título de propiedad tendrán derechos sobre su propiedad sin que ello restrinja o perturbe el goce de los derechos de los demás copropietarios. Es por ello que hoy vamos a hablar sobre los derechos y usos de las unidades en el condominio. Las buenas costumbres son […]
Artículo 31: Copropietarios afectados por cambios en el reglamento de copropiedad

Al producirse una modificación en el reglamento interno, pueden existir copropietarios afectados por cambios en el reglamento de copropiedad. Podrían ser copropietarios de vieja data que tomen así un cambio en el reglamento o uno nuevo que se sienta afectado luego de revisar el reglamento. Para ello, el artículo 31 indica qué deben hacer los […]
Artículo 30: Modificación del Reglamento de Copropiedad

La modificación del reglamento de copropiedad que se realiza luego de haber establecido el primero, se realizará una vez que se haya enajenado el 75% de las unidades del condominio. Es decir, la modificación siguiente al primer reglamento de copropiedad se realizará cuando ya se haya arrendado o vendido tres cuartos de la totalidad de […]